La nueva normativa establece, a partir del día 1 de enero de 2021, en el ámbito del sector público provincial -financiero y no financiero-, la obligatoriedad de la inclusión en todos los pliegos de contratación de bienes, servicios y obra pública, de cláusulas específicas que acuerden beneficios especiales en términos de puntuación y ponderación de ofertas a aquellos ofrecimientos formulados por proponentes que acrediten el uso de biocombustibles en los vehículos que integran su flota o la de sus eventuales subcontratistas, como así también la provisión de bienes reciclables y biomateriales.