Modifican habilitación para cooperativas de servicios en contrataciones provinciales

El miércoles 4 de Septiembre, la Unicameral de la provincia de Córdoba, en su 26º Sesión Ordinaria, aprobó la modificación del artículo 18 de la Ley Nº 10155, Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración Pública Provincial, referido a personas no habilitadas a contratar con el Estado.

El inciso aludido establece la prohibición -que ahora se exceptúa para las cooperativas de servicios- de contratar con la provincia a los agentes del Estado Provincial y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación social o cargos con facultad decisoria, impedimento que derivaba en un enorme perjuicio para el desarrollo de las cooperativas de servicios públicos, puesto que los consejos de administración cooperativos se encuentran normalmente integrados con la participación de representantes de distintas áreas ideográficas de las comunidades de los pueblos y ciudades del interior, ya sean maestros de escuelas públicas, personal retirado de las fuerzas de seguridad, médicos de hospitales provinciales, entre otros.

Fuente: http://facecordoba.coop/